
El Tribunal de Apelación de París rechazó el pedido de anulación del laudo arbitral favorable a Uruguay en el caso Aratirí. La decisión permite avanzar en Francia en el cobro de US$ 4.097.149 por costas del arbitraje y agrega 300.000 euros por el proceso de anulación. La habilitación judicial no equivale al ingreso efectivo de esos fondos.
Uruguay obtuvo un nuevo pronunciamiento favorable en el litigio promovido por inversores vinculados al proyecto minero Aratirí. Según informó Búsqueda, que accedió a la sentencia del 27 de octubre, el Tribunal de Apelación de París rechazó la solicitud de anular el laudo de 2020 y mantuvo sus efectos.
Los demandantes reclamaban US$ 3.536 millones por el frustrado proyecto de extracción de hierro en la zona de Valentines. Atribuían su fracaso a actuaciones del Estado que, según su planteo, vulneraron el tratado de protección de inversiones entre Uruguay y el Reino Unido.
La resolución permite continuar las gestiones para cobrar en Francia las costas —los gastos reconocidos por el procedimiento— fijadas a favor de Uruguay. A los US$ 4.097.149 correspondientes al arbitraje se suman 300.000 euros por el proceso judicial de anulación. La información difundida no acredita que esos importes ya hayan sido recuperados.
Qué decidió el arbitraje de 2020
El primer procedimiento fue administrado por la → Corte Permanente de Arbitraje (CPA), bajo reglas de arbitraje internacional. En agosto de 2020, el tribunal arbitral se declaró sin jurisdicción: entendió que no tenía competencia para resolver la demanda en las condiciones planteadas.
Esta distinción importa para comprender el alcance del resultado. El rechazo por falta de jurisdicción no constituye una decisión sobre el fondo de la acusación de expropiación. Impide que ese tribunal examine el reclamo, pero no equivale a una evaluación sustantiva de todas las medidas estatales cuestionadas.
Por qué el expediente volvió a París
Los inversores solicitaron la anulación del laudo y obtuvieron una decisión favorable del Tribunal de Apelación en febrero de 2023. Uruguay recurrió ante la → Corte de Casación de Francia, que dejó sin efecto aquella sentencia el 2 de abril de 2025 y dispuso un nuevo examen por una integración diferente del tribunal.
La decisión de Casación delimitó el control judicial del arbitraje: los jueces pueden revisar cuestiones de competencia, pero no convertir ese examen en una nueva resolución sobre el fondo del conflicto. También distinguió las condiciones para admitir una demanda de los requisitos que determinan la jurisdicción arbitral.
El pronunciamiento del 27 de octubre corresponde a ese nuevo examen del pedido de anulación. Su consecuencia inmediata es mantener el laudo favorable a Uruguay y habilitar las actuaciones de cobro informadas.
El alcance del resultado y los registros pendientes
El resultado protege la posición del Estado en este procedimiento y su derecho a reclamar los gastos reconocidos. Para evaluar su efecto económico efectivo será necesario conocer cuánto se recupera y cuándo se concreta el pago.
Tampoco corresponde extender automáticamente esta decisión a todos los procedimientos vinculados con los inversores. El registro público de la CPA identifica otro arbitraje, con número 2025-39, iniciado en 2024 por Ritika Mehta, Vinita Agarwal y Prenay Agarwal contra Uruguay, y lo clasifica como pendiente. Esa ficha no establece qué efectos podría tener sobre ese expediente el nuevo fallo francés.
Fuentes principales
- Búsqueda. (2026, 29 de octubre). → Justicia internacional falla a favor de Uruguay por Aratirí, el mayor reclamo monetario de la historia del país.
- Montevideo Portal. (2026, 29 de octubre). → Uruguay recibió nuevo fallo a favor en el caso Aratirí; habilita a cobrar US$ 4 millones.
- Corte de Casación de Francia. (2025, 2 de abril). → Sentencia de la Primera Sala Civil, recurso 23-16.338.
- UNCTAD. (s. f.). → Agarwal and Mehta v. Uruguay: ficha del primer arbitraje.
- Corte Permanente de Arbitraje. (s. f.). → Ritika Mehta, Vinita Agarwal, Prenay Agarwal v. Uruguay, caso 2025-39.
Redacción ICI Plus · 29 de octubre de 2026.
