
El Gobierno resolvió mantener los precios de todos los combustibles durante noviembre. La nafta Súper seguirá a $90,45 por litro, el gasoil 50S a $62,79 y el supergás a $93,56 por kilogramo, como parte de la política de amortiguación de las variaciones internacionales.
El Poder Ejecutivo decidió conservar desde el 1.º de noviembre los precios máximos de venta al público vigentes en octubre. La resolución fue comunicada este viernes 30 por el → Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) y confirmada en la información tarifaria publicada por la → Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea).
La decisión alcanza también a la nafta Premium, el gasoil 10S y los restantes combustibles. Después de los incrementos aplicados en octubre, noviembre comenzará sin un nuevo ajuste para los consumidores.
Los precios que regirán en noviembre
| Combustible | Precio máximo al público | Unidad |
|---|---|---|
| Nafta Súper 95 | $90,45 | Litro |
| Nafta Premium 97 | $93,01 | Litro |
| Gasoil 50S | $62,79 | Litro |
| Gasoil 10S | $72,05 | Litro |
| Supergás —gas licuado de petróleo— | $93,56 | Kilogramo |
Los valores están expresados en pesos uruguayos. Como ejemplo de gasto, una carga de 50 litros de nafta Súper continuará costando $4.522,50 al precio máximo, mientras que 100 litros de gasoil 50S representarán $6.279.
Por qué la referencia internacional no se traslada automáticamente
El MIEM enmarca la resolución en la estrategia aplicada desde abril para moderar el traslado de las variaciones internacionales al mercado interno. Según el ministerio, el Gobierno evalúa mensualmente con → ANCAP distintos escenarios que consideran los precios proyectados del petróleo y sus derivados, las finanzas de la empresa pública y las necesidades de abastecimiento.
Para interpretar esos análisis es necesario distinguir dos indicadores. El Precio de Paridad de Importación (PPI) estima el costo de disponer del combustible importado en planta de distribución. El Precio de Venta al Público de referencia agrega componentes de la cadena comercial, como márgenes de distribución, tributos y el factor de ajuste previsto por la normativa.
Por eso, comparar directamente el PPI con el precio del surtidor mezcla valores correspondientes a etapas distintas. Además, una referencia técnica no constituye por sí misma una tarifa aprobada: la decisión sobre los precios máximos corresponde al Poder Ejecutivo.
La excepción prevista en la normativa
El artículo 5 del Decreto 130/025 permite suspender transitoriamente el mecanismo de ajuste mediante una decisión fundada cuando existan condiciones excepcionales que alteren significativamente el equilibrio del sistema de precios. El MIEM señala que esa excepción se aplica desde abril ante las consecuencias del conflicto en Medio Oriente.
La continuidad de los precios evita un aumento inmediato del gasto por litro para hogares, transportistas y actividades productivas. Su mantenimiento en los próximos meses dependerá de las nuevas evaluaciones: la resolución anunciada comprende noviembre y no establece un congelamiento por un plazo mayor.
Fuentes principales
- Ministerio de Industria, Energía y Minería. (2026, 30 de octubre). → Los precios de los combustibles se mantienen sin cambios en noviembre.
- Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua. (2026, 30 de octubre). → Precios máximos de venta al público vigentes desde el 1.º de noviembre.
- Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua. (2026, 26 de octubre). → Precios de venta al público de referencia para gasolinas y gasoil 50S.
- Uruguay, Poder Ejecutivo. (2025, 25 de junio). → Decreto 130/025, artículo 5. IMPO.
Redacción ICI Plus · 30 de octubre de 2026.
